Simulador para la Declaración Anual 2024 de las Personas Físicas: SAT

Antecedentes
Abril, es el mes en que las personas físicas deben presentar su Declaración Anual; en está ocasión, será la correspondiente al ejercicio fiscal del 2024; y como ya es costumbre, debido al uso de aplicaciones Informáticas, el pasado 19 de marzo el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer mediante un comunicado de prensa, que se encuentra disponible hasta el 31 de marzo 2025, el Simulador a través del cual, las personas físicas podrán verificar la precarga de su información para poder presentar la Declaración Anual 2024, misma que se deberá presentar del 1 al 30 de abril del 2025.
Comentarios
A través de un comunicado de Prensa el SAT, ha señalado que se encuentra listo el simulador para la Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2024, para las personas físicas; mismo que, está disponible hasta el 31 de marzo y se encuentra alojado en la siguiente liga: https://anualpf.clouda.sat.gob.mx/
Para usar el simulador, es muy importante contar con su RFC (Registro Federal de Contribuyentes) y su Contraseña (Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida); o con, la e.firma (Certificado de la Firma Electrónica Avanzada vigente); para poder autentificarse e ingresar. Pues una vez que ingresa a la liga citada, lo dirigirá a la siguiente pantalla:

Al proporcionar los datos correspondientes, podrá ingresar al Simulador:

Una vez en el simulador; deberá ingresar, al apartado del lado izquierdo, que dice

en donde, le indicará de acuerdo al perfil del contribuyente, los tipos de ingresos que éste tiene; o bien, podrá seleccionar en su caso el tipo de ingreso que no este considerando el SAT; esto pasa mucho por ejemplo, cuando se recibieron intereses por cuentas o inversiones, en el Sistema Financiero o fuera de éste; y en algunas ocasiones, no aparece marcado; por lo que, el contribuyente debe marcar la casilla correspondiente, con el objeto de que le pueda mostrar el total de los ingresos que se obtuvieron en el ejercicio fiscal a declarar; la pantalla que nos muestra, en éste apartado previo al llenado de la Declaración es la siguiente:

Una vez, que ha marcado el tipo de ingresos que recibió en 2024 y conteste las preguntas de si recibió o no ingresos del extranjero; o si se tiene obligación de presentar la información sobre su situación fiscal en términos del Art. 32-H, del Código Fiscal de la Federación; o si, cuenta con ISR de Ingresos por inversiones en REFIPRES (Regímenes Fiscales Preferentes) o si se enajenaron acciones en bolsa de valores. Deberá dar un clic en el recuadro que dice Siguiente y le avisará que hay información precargada, deberá dar aceptar y ahora sí, podrá navegar en su Declaración Anual 2024, para validar los datos que tiene registrados el SAT, tanto de Ingresos como de Deducciones, sean estás autorizadas por la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR); o bien, las Deducciones Personales que se puede aplicar; si cumplen con los requisitos correspondientes de la propia Ley del ISR, o en su caso, en los Decretos de Estímulos Fiscales (para el caso de la deducción de colegiaturas).
De acuerdo con el comunicado de prensa del SAT; el Simulador de la Declaración Anual 2024 de personas, permite visualizar información precargada en el aplicativo y conocer las nuevas actualizaciones y mejoras. Además, dicha herramienta permite verificar la precarga de la información en los campos de ingresos, devoluciones, descuentos y bonificaciones, deducciones autorizadas y personales, retenciones, pagos provisionales, pagos mensuales y pagos definitivos, así como saldos a favor, en caso de existir.
Además, recuerde que la autoridad fiscal tiene a disposición de los contribuyentes (para su uso, debe contar con su CONTRASEÑA o su e.firma, además de su RFC), las siguientes herramientas de apoyo:
- Visor de nómina para las personas trabajadoras, para verificar que los comprobantes estén correctos.
- Visor de comprobantes de nómina para empleadores, para consultar los pagos realizados a los trabajadores de forma acumulada, así como para verificar la información de forma individual.
- Visor de deducciones personales, para revisar facturas de conceptos clasificados como deducciones personales para la Declaración Anual.
Finalmente, no olvide usar esta herramienta que ofrece el SAT; con la cual, podrá visualizar de forma anticipada si cuenta con impuesto a pagar o a favor.
- En caso de tener impuesto a pagar, éste deberá cubrirse a más tardar el 30 de abril del año 2025; salvo, que se tome la opción de cubrirlo hasta en 6 parcialidades, caso en el cual también deberá presentar la declaración del ejercicio 2024 en tiempo; es decir, a más tardar el 30 de abril del 2025, para señalar que ejercen la opción del pago hasta en 6 parcialidades, mensuales y sucesivas con el beneficio de no tener que garantizar el interés fiscal, siempre y cuando además; la última parcialidad la cubran a más tardar, en el mes de septiembre del 2025.
- En caso de que le resulte saldo a favor, tendrá incluso hasta el 31 de julio del 2025, para ejercer la opción de la devolución inclusive de forma automática si cumple con los montos y requisitos para ello; de lo contrario, éste debe solicitarse mediante el Portal del SAT, con el FED (Formato Electrónico de Devoluciones). Recordando que el SAT devuelve de forma automática, si ha requisitado en forma correcta su Declaración Anual y el saldo a favor es hasta $10,000 (diez mil pesos 00/100 M.N.), si la envió solo con la CONTRASEÑA; así como también, cuando al enviarla con la CONTRASEÑA en ejercicios anteriores; haya proporcionado ya, su Cuenta CLABE Interbancaria a 18 dígitos y ésta además de encontrarse precargada en el formato electrónico de la Declaración Anual, siga activa; en éstos casos, se podrán solicitar devoluciones por montos hasta $150,000 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.); de lo contrario, tendrá que usar su e.firma para solicitar la devolución en montos mayores a $10,001 (diez mil un pesos 00/100 M.N.) y hasta $150,000.
Referencias de consulta
Comunicado de prensa del SAT 012-2025. De fecha 19 de marzo del 2025: https://www.gob.mx/sat/prensa/simulador-de-la-declaracion-anual-2024-disponible-para-personas-contribuyentes-012-2025?idiom=es
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA: Art. 150. Abril, es la época de pago del ISR de las Personas Físicas; Art. 151. Deducciones Personales. Requisitos; Art. 152. Cálculo del ISR del ejercicio de las personas físicas; Art. 176. Ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Art. 31. Medios y formatos electrónicos para la presentación de declaraciones; Art. 27. Registro Federal de Contribuyentes; Art. 17-D, párrafo tercero: Certificado de la Firma Electrónica Avanzada; Art. 32-H. Presentación de la información sobre la situación fiscal del contribuyente.
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025. Publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2024. Regla 2.2.1. Valor probatorio de la Contraseña; Regla 2.3.2. Saldos a favor del ISR de personas físicas; Regla 3.17.3. Opción de pago en parcialidades del ISR anual de las personas físicas.
DECRETO de Beneficios Fiscales y Simplificación Administrativa. Publicado en el DOF del 26 de diciembre del 2013. Art. 1.8 a 1.10. Deducción por servicios de enseñanza y límites para su deducción de acuerdo al nivel educativo.