SABÍA QUE, SI NO REALIZÓ DE MANERA CORRECTA SUS RECIBOS DE NÓMINA EN 2018 AÚN PUEDE CORREGIRLOS!

Sabía que, si no realizó de manera correcta sus Recibos de Nómina en 2018 aún puede corregirlos!

Si, el pasado 10 de abril se dio a conocer la 10a Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal; mediante la cual, se Reforma a la regla 2.7.5.7., para facilitar a los contribuyentes (Patrones o personas que pagaron Ingresos Asimilados a Salarios) que durante el ejercicio fiscal 2018 emitieron CFDI de nóminas o ingresos asimilados a salarios, con errores u omisiones tanto en su llenado como en su versión electrónica; por única ocasión podrán corregirlos; siempre y cuando el nuevo comprobante fiscal (CFDI) se emita, a más tardar el próximo 15 de abril de 2019, cancelando previamente los CFDI a sustituir por contener dichos errores u omisiones.

Otro de los beneficios de ésta facilidad; consiste en que, cuando se emitan en los términos señalados; es decir, cuando se corrija a más tardar el 15 de abril; el CFDI de nómina o de los ingresos asimilados a salarios, se considerará como emitido en el ejercicio fiscal 2018;  siempre y cuando, refleje como “fecha de pago” el día que corresponda a aquella en la que se realizó, durante el ejercicio fiscal del 2018.

Desde luego, si existen diferencias o faltas del entero de las retenciones de dichos comprobantes, éstos deberán cubrirse incluso con sus recargos y la actualización correspondiente.

Aproveche este beneficio, pues de lo contrario usted que remunero los Salarios o Ingresos Asimilados puede tener problemas de deducción y la persona física que fue remunerada, puede tener problemas al momento de presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2018, por tener recibos con errores u omisiones.

 

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