Nuevo Subsidio para el Empleo: Reducción del ISR para ingresos menores

Antecedentes

Para determinar el Impuesto sobre la Renta (ISR) de los trabajadores, el Ejecutivo Federal, desde los años noventa; ha otorgado estímulos fiscales principalmente, para aquéllos de menores ingresos; es al caso del Subsidio para el Empleo (antes llamado Crédito al Salario -hasta 2007-). No obstante; desde hace unos años ya, la Tabla del Subsidio para el Empleo que contenía este beneficio, dejo de actualizarse por Inflación (desde el 2013) y esto aunado al incremento que se ha dado a los Salarios Mínimos Generales (SMG) en los últimos años, dejo de tener el efecto en beneficio de la mayoría de los trabajadores.

Por lo anterior, el pasado 1 de mayo del 2024, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se dio a conocer un “Nuevo Decreto que otorga el Subsidio para el Empleo”.

 Desarrollo

Se habla de un Nuevo Decreto del Subsidio para el Empleo (SAE); porque, cambia de una Tabla a una cantidad en específico (La Unidad de Medida y Actualización –UMA– Mensual vigente por el 11.82% [$3.300.53 * 11.82% = $390.12 mensuales]); con el objeto, de beneficiar a trabajadores de menores ingresos (Hasta 1.2 Veces el SMG del Resto del País [SMG diario $248.93 X 1.2 veces X 30.4 para mensualizar = $ 9,081.00 mensuales] Y se dice que, no aplica en la Zona Norte, por el nivel del SMG  de esa zona que de forma mensual equivale a $11,397; y el nuevo SAE, solo aplica hasta el equivale a $9,081.00 mensuales.

 En resumen, con el Nuevo Decreto, todos aquéllos trabajadores que reciban un ingreso mensual hasta $9,081 tendrán derecho a un SAE en 2024 de $390 mensuales (De acuerdo a la UMA vigente)  ̶ en su caso, será proporcional para períodos menores al cálculo mensual; es decir, cuando se trate de períodos con base a día, semana o quincena, entre otros ̶); lo que representa, para dichos trabajadores un beneficio en la reducción del ISR que les correspondía hasta el mes de abril; mismo que verán reflejado, a partir del 1 de mayo del 2024.

Es importante advertir, que con el Nuevo Decreto del SAE; ya no habrá entregas por concepto del SAE; por lo que, en caso de que el SAE sea mayor que el ISR determinado; en ningún caso, se entregarán cantidades por concepto de SAE en favor de los trabajadores, como ocurría con el Decreto del 2013 que ahora se Deroga en su Artículo 1.12 que establecía la Tabla del SAE.

 A continuación, se hace una relación del beneficio en la reducción del ISR; para los trabajadores de ingresos menores, a partir del 1 de mayo del 2024; en comparación con los primeros meses del año, aplicando el Nuevo Decreto para el SAE:

 

Notas a la tabla anterior:

1) En el caso de los trabajadores de SMG distinto de la Zona Norte $7,567.47 mensuales; no se retiene ISR, por disposición del Art. 96, primer párrafo de la Ley del ISR vigente, que establece que en el caso de que el trabajador sólo percibe el SMG, no se le debe retener el ISR.

2) Se puede advertir que los trabajadores que ganen por arriba del SMG y hasta 1.2 Veces dicho Salario ($9,081.00), tendrán una reducción (ahorro) en el ISR de hasta el equivalente al Nuevo SAE ($390.00 mensual) a partir del 1 de mayo del 2024; en comparación con el ISR, que se les retenía hasta el 30 de abril del 2024.

 Consideraciones

A nivel anual, el SAE que correspondió en cada uno de los meses a los trabajadores se disminuye del ISR anual calculado y la diferencia será el ISR anual causado; contra el cual, podrán restarse en su caso, las retenciones del ISR que en cada uno de los meses le efectúo el patrón al trabajador; estableciendo así, que no habrá cantidades a favor del trabajador por concepto de SAE; por lo que, en caso de que resulte mayor el SAE que le correspondió en el año al trabajador del ISR anual calculado, el ISR causado será “CERO” y por consiguiente no habrá diferencias por SAE a favor del trabajador.

Así también, el Decreto establece que el SAE no se considera ingreso acumulable en términos del ISR para el trabajador.

Y finalmente, como ya es común en estos Decretos, se faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para emitir las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del mismo; por lo que, se debe estar pendiente de dichas Reglas.

 Fuentes de consulta

Decreto: DECRETO que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF del 1 de mayo del 2024; Artículo Décimo del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de diciembre de 2013”: Establecía las Reglas para la determinación y cálculo del SAE; Artículo 1.12. [el cual se DEROGA MEDIANTE EL NUEVO DECRETO DEL SAE que se comenta: Artículo SEGUNDO Transitorio] del “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013”.

Ley del ISR: Art. 94, primer párrafo y Fracción I: Ingresos por los que se aplica el SAE; Art. 96: Establece el procedimiento y tarifa para determinar el ISR contra el cual se aplica el SAE.

Diario Oficial de la Federación: Del 12 de diciembre del 2023: RESOLUCIÓN del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales que habrán de regir a partir del 1 de enero de 2024; Del 10 de enero del 2024: Unidad de Medida y Actualización vigente a partir del 1 de febrero del 2024.