ISR de personas físicas y nuevos montos de Subsidio al Empleo: 2025

Ratifican al jefe del SAT para la nueva administración tributaria: Antonio Martínez Dagnino

Antecedentes
En 2023 fueron actualizadas por inflación las tarifas de Personas Físicas, aplicables para el cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR); para 2025, la inflación no ha superado el 10% de inflación acumulada; por lo que, las citadas Tarifas para Personas Físicas vigentes en 2025, no sufren cambios por inflación. Sin embargo; el Subsidio para el Empleo (SAE), si tiene cambios y esto beneficia a algunos trabajadores, beneficios que se reflejan en la reducción del ISR que se genera para 2025 al aplicar el subsidio.

Comentarios
Para 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer las nuevas tarifas para el cálculo del ISR de las Personas Físicas; con la novedad, de que ya no se publicaron las tablas para el Subsidio al Empleo; pues como se recordará, el pasado 1 de mayo del 2024; fue publicado el «Decreto que otorga el subsidio para el empleo» mediante el cual, dentro de otras primicias se estableció que a partir de éste Decreto ya no habría entregas a favor del trabajador por concepto de Subsidio para el Empleo, y el SAE cambio de ser una tabla durante más de 20 años a ser ahora solo un porcentaje (11.82%) sobre la UMA mensual. No obstante y con los incrementos en términos generales del Salario Mínimo General para 2025, en un 12%, dicha cantidad quedaba corta. Por tal motivo, el pasado 31 de diciembre de 2024; mediante una edición vespertina del Diario Oficial, se dio a conocer 2l “DECRETO por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo”; en el cual se establece, que para 2025 los trabajadores que reciban ingresos hasta $10,171.00 mensuales, tendrán derecho a un Subsidios al Empleo equivalente a $475.00 mensuales; y para lograr esto en el mes de enero 2025, mediante su Art. SEGUNDO el Decreto en comento establece, que se aplicará el 14.39% del valor de la UMA Mensual (UMA mensual $3,300.53 * 14.39 = $475.00); en lugar del 13.8% que aplicará a partir del 1 de febrero del 2025, sobre el valor de la UMA que en su momento de a conocer el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA.

Así, haciendo un comparativo con los nuevos salarios mínimos generales, del ISR 2024 contra el 2025, observaremos que hasta 1.2 Veces el Salario Mínimo General ($10,171.00 mensuales), los trabajadores se verán beneficiados con la reducción en su ISR, por el incremento que tuvo la modificación del Subsidio para el Empleo, en términos del Decreto del pasado 31 de diciembre del 2024; en los demás casos, como se observa en la tabla siguiente, no hay ahorro o modificación en el ISR, si los ingresos permanecen igual que en el 2025 en comparación con los que se percibían en 2024.

 

Recuerde que el SAE, aplica solo para trabajadores; por lo que, si paga Ingresos Asimilados a Salarios que se regulan en el capítulo de Salarios del ISR, éstos no tienen derecho al SAE. Además no olvide que los trabajadores que solo reciben el Salario Mínimo en el mes, no son sujeto de retención del ISR.

Fundamento
DECRETO por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo. Modificado el 31 de diciembre del 2024 (DOF – Diario Oficial de la Federación); Decreto que otorga el subsidio para el empleo. Publicado en el Diario Oficial del 1 de mayo del 2024.

Ley del Impuesto sobre la Renta. Art. 96: Retención y entero mensual del ISR por cuenta de los patrones a los trabajadores. Art. 94: Ingresos por salarios y asimilados a dicho concepto.

Resolución Miscelánea Fiscal para 2025. Publicada en el DOF del 30 de diciembre del 2024. Anexo 8, de la Resolución. Tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del ISR (DOF – Diario Oficial de la Federación ).

 

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